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Acceso a servicios públicos domiciliarios no es un derecho absoluto (8:30 a.m.)

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28 de Diciembre de 2018

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Aunque el acceso a los servicios públicos domiciliarios es un derecho de todas las personas este no es absoluto y depende de (i) las condiciones en que estén el usuario y el inmueble a la luz del marco normativo vigente y de (ii) la capacidad con que cuente el prestador para acceder a la solicitud de conexión del servicio, la cual debe analizarse según la mayor o menor disponibilidad del bien a suministrar, así como las condiciones técnicas de la red, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. La mayor o menor capacidad de una red para atender un nuevo usuario es un asunto técnico y/o económico que debe ser analizado cuidadosamente, ya que la negativa injustificada podría vulnerar en forma grave los derechos de los potenciales usuarios.    

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