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¿Se puede exigir libreta militar para posesionarse en un empleo? (4:02 p.m.)

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11 de Septiembre de 2019

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Las entidades públicas no deben exigir al ciudadano presentar la libreta militar para posesionarse de un empleo o suscribir un contrato de prestación de servicios, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública. Además, corresponde a los ciudadanos tramitar ante las autoridades de reclutamiento una certificación provisional en línea que acredite que se está gestionando la definición de la situación militar. Así lo prevé el artículo 19 de la Ley 1780 del 2016, sobre pautas para el empleo juvenil, según el cual los colombianos declarados aptos para prestar el servicio militar podrán ser incorporados a partir de la mayoría de edad hasta faltando un día para cumplir los 24 años. Por su parte, el artículo 20 dispone que la situación militar se deberá acreditar para ejercer cargos públicos, trabajar en el sector privado y celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural con cualquier entidad de derecho público. 

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