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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 17 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Reservas técnicas de EPS deberán cubrir cartera de IPS mayor a 180 días

15 de Junio de 2022

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Nota:
144730

El Gobierno publicó el Decreto 995, por medio del cual se modifican algunos aspectos relacionados con el uso de los recursos invertidos que respaldan las reservas técnicas de las EPS.

 

La norma, que tiene como objetivo disminuir la cartera, ordena a las EPS utilizar los recursos que tengan invertidos en depósitos a la vista, títulos de renta fija o fondos de inversión colectiva que respaldan sus reservas técnicas cuando la Supersalud evidencie que presentan una concentración mayor al 15 % de su deuda en cartera mayor o igual a 180 días.

 

Para tal efecto, Supersalud solicitará a las entidades promotoras de salud, por una única vez y a más tardar el 30 de junio del 2022, el plan de pago de la deuda, así como las cuentas por pagar que se encuentran registradas como reservas técnicas en los estados financieros, utilizando la información reportada con la última fecha de corte disponible. Para la presentación de dicho plan las EPS deberán tener en cuenta los siguientes criterios:

 

  1. Revisarán el total de las cuentas por pagar que tengan con los prestadores y proveedores de servicios y tecnologías en salud y montos que no son objeto de pago por glosas no conciliadas u otras obligaciones no exigibles.
  2. Determinarán la distribución del monto de los recursos entre los prestadores y proveedores de servicios y tecnologías en salud sin dar trato preferencial a vinculados económicos y acorde con las políticas de pago de la entidad, dando prioridad a las cuentas de mayor antigüedad, de manera proporcional al valor de la deuda.
  3. Evaluarán el riesgo de mercado teniendo en cuenta el monto sujeto de utilización de los recursos de las inversiones, con el fin de evitar que se generen pérdidas al momento de liquidarlas. Así mismo, serán responsables de los defectos de inversión que se produzcan por cambios en la valoración del portafolio o riesgo de mercado.

 

Posterior a la entrega, la superintendencia verificará, en un plazo no superior a 10 días hábiles, que cumpla con las condiciones establecidas; en caso de incumplimiento la EPS, en un plazo máximo de tres días hábiles, deberá presentar el respectivo ajuste.

 

Es importante mencionar que las EPS deberán efectuar los pagos a más tardar el 30 de septiembre del 2022; una vez realizados, Supersalud iniciará seguimiento al cumplimiento de los compromisos asumidos por las entidades en el mencionado plan.

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