Requisitos para el reconocimiento de licencias de conducción de extranjeros (10:44 a.m.)
08 de Abril de 2019
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Nota:
112512
Para el reconocimiento de la licencia de conducción de ciudadanos extranjeros provenientes de países con los que Colombia haya suscrito convenio y que estén interesados en la licencia colombiana deberán acreditar los siguientes requisitos: (i) registro de su huella dactilar en el RUNT; (ii) presentar la solicitud a través del formato a disposición de los interesados en la página web del ministerio; (iii) licencia de conducción vigente expedida en el país de origen; (iv) cédula de extranjería y (v) pago por los derechos del trámite de expedición de licencia según la tarifa establecida. Así lo definió el Ministerio de Transporte en la Resolución 1244 del 2019. El documento expedido en otro idioma deberá adjuntar la respectiva traducción oficial al castellano, con el reconocimiento y autenticación de la firma del traductor ante notario público y apostillada y/o legalizada la firma del notario ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. En el archivo adjunto puede consultar el procedimiento para el reconocimiento de la licencia.
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