Regulan lo pertinente a la solicitud de análisis de riesgos de plagas y enfermedades para la importación de animales y vegetales (3:47 p.m.)
12 de Agosto de 2016
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Nota:
124173
Mediante la Resolución 9942, el ICA reglamentó las solicitudes de análisis de riesgos de plagas y enfermedades para la importación a Colombia de animales, vegetales y sus productos. Estas nuevas disposiciones serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en la compra externa que requiera análisis de riesgos. El interesado deberá radicar ante la entidad la solicitud de importación, diligenciando en su totalidad la información requerida en el formato establecido para dicho fin. Cada solicitud debe presentarse de manera individual, es decir que debe referirse solamente a una especie animal o vegetal, un solo producto o subproducto, un solo destino o uso final y a un solo país de origen. Si el resultado de la evaluación es favorable se procede a determinar las diferentes medidas y estrategias para la mitigación del riesgo que han de adoptarse en el país de origen, las cuales permitirán realizar de manera segura el ingreso de productos agropecuarios sin poner en riesgo el estatus sanitario o fitosanitario nacional.
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