Regulan garantía que deben entregar quienes participen en mecanismo para la contratación a largo plazo de energía eléctrica (4:20 p.m.)
25 de Enero de 2019
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Nota:
122521
Con la Resolución 011 del 2019, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) definió el reglamento de las garantías que deben entregar los agentes vendedores, con plantas de generación nuevas, que resulten adjudicados en el mecanismo definido en la Resolución 40791 del 2018 del Ministerio de Minas, modificada por la Resolución 41307 del 2018. Por ejemplo, la norma señala que cuando se trate de garantías otorgadas por una entidad financiera domiciliada en Colombia se deberá acreditar una calificación de riesgo crediticio de la deuda de largo plazo de grado de inversión por parte de una agencia calificadora de riesgos vigilada por la Superintendencia Financiera. Igualmente, se establecen las reglas para el seguimiento de las obligaciones adquiridas por quienes resulten vendedores en la subasta.
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