Regulan el registro de los organismos de apoyo al tránsito en el Runt
26 de Agosto de 2020
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Nota:
117856
Con la Resolución 20203040011355, el Gobierno reglamentó el procedimiento y los requisitos para el registro de los organismos de apoyo al tránsito, los centros de enseñanza automovilística, los centros de diagnóstico automotor, los centros de reconocimiento de conductores y los centros integrales de atención ante el sistema del registro único nacional de tránsito –RUNT. Por ejemplo, los centros de enseñanza automovilística interesados en la prestación del servicio que permita la obtención del certificado de aptitud en conducción y formación de instructores en conducción deberán registrarse ante el sistema. El registro permitirá la prestación del servicio bajo condiciones de ubicación y funcionamiento, conforme el alcance de la certificación de conformidad otorgada por los organismos de evaluación de conformidad-OEC, acreditados por el ONAC.
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