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Reglamentan trámite para autorizaciones señaladas en la ley del presupuesto de regalías

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29 de Marzo de 2021

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El Ministerio de Transporte reglamentó el artículo 21 de la Ley 2072 del 2020 en lo relacionado con el trámite para obtener la autorización ante la Agencia Nacional de Infraestructura para que los puertos de servicio privado que estén autorizados para el transporte de recursos naturales no renovables puedan prestar servicios a terceros que no estén vinculados económica o jurídicamente con la sociedad concesionaria, cuando la solicitud esté relacionada con las metas del plan nacional de desarrollo. De igual manera, regula la contraprestación que deberán pagar por el movimiento de la carga de terceros. Los puertos de servicio privado que estén autorizados para dicho transporte deberán presentar ante la Agencia Nacional de Infraestructura una solicitud de autorización, suscrita por el representante legal de la sociedad concesionaria o su apoderado, diligenciando el formato que disponga la agencia para tal efecto y que deberá contener la información que se indica en la Resolución 20213040011685 del 2021.

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