Reglamentan la acreditación del segundo idioma por parte de aspirantes a ocupar cargos diplomáticos en provisionalidad (8:00 a.m.)
66921
02 de Julio de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Los aspirantes a ser designados en provisionalidad en los cargos diplomáticos señalados en el Decreto 1663 del pasado 12 de mayo deberán demostrar que hablan, escriben y entienden, además del español, el inglés o cualquier otro idioma oficial de las Naciones Unidas o del país de destino. El dominio del segundo idioma se acreditará mediante prueba escrita y oral, aplicada por una institución especializada, seleccionada por la Dirección de la Academia Diplomática, cuyo resultado sea superior a un nivel medio - alto. Así lo dispuso recientemente el Ministerio de Relaciones Exteriores, al reglamentar el citado decreto.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!