Reglamentan documentos tipo para mínima cuantía de obra pública de infraestructura de transporte
27 de Abril de 2020
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Nota:
115564
Mediante el Decreto 594 del 2020, el Gobierno reglamentó parcialmente el parágrafo 7° del artículo 2° de la Ley 1150 del 2007, para la adopción de documentos tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de mínima cuantía de obra pública de infraestructura de transporte que adelanten las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La norma indica que la Agencia Nacional de Contratación Pública (Colombia Compra Eficiente), en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Transporte, desarrollará e implementará los documentos para dicha modalidad teniendo en cuenta los parámetros indicados en la norma, entre ellos: definir las reglas aplicables a la presentación de las ofertas, su evaluación y aceptación; establecer los requisitos y documentos necesarios para la acreditación de la capacidad jurídica y señalar las actividades sobre las cuales recaerá la verificación de la experiencia de los proponentes.
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