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¿Quién está facultado para otorgar el aval a candidatos de elección popular? (2:46 p.m.)

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22 de Abril de 2019

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Los candidatos que se postulen para cargos de elección popular deben cumplir una serie de requisitos dentro de los cuales se encuentra su inscripción ante el Consejo Nacional Electoral, bien sea avalada por un partido, movimiento político o respaldada por firmas, con el apoyo de grupos significativos de ciudadanos. En ese sentido, precisó el Consejo de Estado, el aval de una agrupación política con personería jurídica constituye uno de los requisitos para la inscripción de candidatos a ese tipo de elecciones. Así pues, el representante legal de la organización política, o su delegado, son los facultados para otorgar el aval a los candidatos que se postulen a cargos de elección popular (C. P. Carlos Enrique Moreno).

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