14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 15 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Pruebas rutinarias al medidor y a las acometidas deben ser informadas previamente al usuario y/o suscriptor (8:00 a.m.)

04 de Octubre de 2019

Reproducir
Nota:
113491
En todas las actuaciones que desarrollen los prestadores de servicios públicos respecto de sus usuarios debe respetarse el debido proceso, es decir, no solo en aquellas que comportan el retiro de un medidor ante la eventualidad de una investigación por desviaciones significativas, pues se trata de una garantía constitucional que cobra mayor relevancia en relaciones asimétricas entre una persona con posición dominante y otra que, en principio, se somete a las condiciones que les son impuestas. Así las cosas, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, aunque los prestadores pueden en cualquier tiempo hacer pruebas rutinarias al medidor y a las acometidas, bien sea por iniciativa propia o por petición del usuario y/o suscriptor, con el fin de verificar su estado y funcionamiento, la diligencia debe informarse previamente, de manera que se garantice al usuario poder participar y ser asesorado durante la visita, si así lo desea.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)