Propietarios de volquetas contarán con exención de IVA para renovar sus vehículos (1:56 p.m.)
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19 de Noviembre de 2019
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Así lo anunció el Ministerio de Transporte, esta exención de IVA aplicará para los propietarios que tengan hasta dos vehículos de carga con peso bruto vehicular (PBV) superior a 10,5 toneladas y se podrá realizar una vez se expida el decreto de exención del impuesto sobre las ventas en la reposición de vehículos de transporte público o particular de carga – IVA Creicarga. Con esta medida se podrán beneficiar aproximadamente hasta el 96 % de los 49.000 vehículos de esta modalidad. El viceministro de Transporte, Juan Camilo Ostos, afirmó que “el IVA Crei es una gran oportunidad para que los propietarios puedan modernizar su unidad productiva y de esta manera se contribuye en un sector más competitivo y contribuyen a la mejora de la calidad del aire en las ciudades”. Los vehículos que no tengan registrado su peso bruto vehicular (PBV) en el Runt podrán acogerse a la resolución que expedirá próximamente el ministerio con ese fin. Adicionalmente, la cartera aseguró que los propietarios de volquetas también pueden aplicar a los beneficios del convenio con el Fondo Nacional del Ahorro, que busca favorecer a los transportadores a través de un subsidio de tasa compensada para poder acceder a una vivienda propia. Este beneficio aplica para los conductores o propietarios de hasta tres vehículos de transporte terrestre automotor de carga que se encuentren afiliados al FNA.
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