Propietario de un proyecto arquitectónico puede realizar modificaciones, sin afectar el derecho de autor (12:01 p.m.)
04 de Enero de 2011
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Nota:
70962
La Corte Constitucional declaró exequible la expresión “no podrá impedir que el propietario introduzca modificaciones en él”, contenida en el artículo 43 de la Ley 23 de 1982 (Ley de Derechos de Autor). Según la sala, la limitación establecida por el legislador pretende conceder al propietario de la obra arquitectónica la facultad de modificarla sin que sea necesario el consentimiento del arquitecto. Explicó que la disposición acusada hace parte del capítulo de limitaciones y excepciones al derecho de autor. Además, la labor de creación del arquitecto no tiene vocación de propiedad sobre la construcción, pues se busca garantizar el derecho de propiedad del destinatario de la construcción, de modo que las modificaciones que pretenda introducir el propietario del bien “no son propias de la expectativa económica que generó en el arquitecto la elaboración del proyecto y su correlativa construcción”. El magistrado Humberto Sierra aclaró el voto (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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