Prohibición permanente de visitas por ingreso de elementos prohibidos a cárceles fue derogada: Corte Constitucional (10:35 a.m.)
09 de Abril de 2014
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Nota:
95461
La Corte Constitucional concluyó que fue derogada la cancelación definitiva del permiso de visitas a quien fuera sorprendido en posesión de armas, estupefacientes o cantidades exorbitantes de dinero, lo que la obligó a abstenerse de examinar su constitucionalidad (artículo 112 parcial de la Ley 65 de 1993). En su criterio, esta disposición fue remplazada por el artículo 73 de la Ley 1709 del 2014 (inciso 9º), que establece prohibiciones de hasta un año para ingresar a centros penitenciarios, cuando al visitante se le encuentren elementos prohibidos. Antes de la entrada en vigencia de esta reforma al régimen carcelario, la Procuraduría había solicitado la declaratoria de inconstitucionalidad de la norma que establecía la sanción vitalicia (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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