Procuraduría presentó las principales recomendaciones para cumplir la Ley de Garantías
10 de Julio de 2023
La Procuraduría General de la Nación presentó las recomendaciones generales para dar cumplimiento a la Ley de Garantías Electorales, especialmente en lo relacionado con la prohibición de celebrar convenios o contratos administrativos, modificación de plantas de personal, participación en política de servidores públicos y a la observancia del principio de la planeación.
A través de la Directiva 10, destinada a gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes, directores y ordenadores del gasto en entidades descentralizadas del orden municipal, departamental y distrital, el ente de control invitó a servidores públicos para que continúen con el normal desarrollo durante el periodo de restricción, cumplan los cronogramas de actividades y la gestión obedezca a sus planes de desarrollo previamente aprobados.
Recomendaciones
Como parte de las “prohibiciones a las autoridades para elecciones locales y departamentales” durante la Ley de Garantías Electorales, que inició el pasado 29 de junio y culminará el 29 de octubre, la Procuraduría recordó que no está permitido celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos; participar, promover o destinar recursos públicos para reuniones de carácter proselitistas; inaugurar obras públicas o iniciar programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos o voceros de partidos políticos; así como modificar las plantas de personal, entre otras prohibiciones.
En lo que respecta a los servidores públicos y quienes cumplan funciones públicas, reiteró la Directiva 07 del 2023, donde se especifican cuáles son las prohibiciones y conductas relacionadas con la intervención en actividades de los partidos políticos y en controversias políticas.
En materia de contratación, recomendó tener en cuenta las excepciones a las prohibiciones en materia de contratación. El documento también resaltó las excepciones a la prohibición de vinculación de la planta estatal que excluye la provisión de cargos por faltas definitivas (muerte o renuncia irrevocable al cargo debidamente aceptada).
Finalmente, invitó a la ciudadanía a ejercer el control ciudadano y presentar las quejas relacionadas con hechos, situaciones o conductas que vulneren lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, para lo cual habilitó el correo electrónico quejas@procuraduria.gov.co y la página web de la entidad.
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