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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Suspenden a abogado por usar un poder falso de una persona fallecida

21 de Enero de 2019

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El Consejo Superior de la Judicatura confirmó la suspensión de tres años en contra de un litigante por aconsejar, patrocinar e intervenir en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos.

 

Lo anterior por haber usado un poder falso de una persona fallecida para que su cliente transfiriera el dominio de una finca ubicada en Manizales (Caldas). Vale la pena decir que el disciplinado y su cliente firmaron la escritura pública. (Lea: Conozca la sanción impuesta a un litigante que omitió asistir a una audiencia)

 

Se debe precisar que esta conducta contra la recta y leal realización de la justicia y fines del Estado se encuentra tipificada en el numeral 9° del Artículo 33 de la Ley 1123 del 2007.

 

Respecto a la sanción, la Sala tuvo en cuenta que no presentaba antecedentes disciplinarios, la conducta endilgada se calificó a título de dolo, causando graves perjuicios por desplegar actos fraudulentos.

 

Lo anterior trasgrediendo con su actuar el deber de colaborar leal y legalmente en la recta y cumplida realización de la justicia y los fines del Estado, trascendiendo su comportamiento socialmente y colocando en tela de juicio la profesión del Derecho (M. P. Julia Emma Garzón).

 

Consejo Superior Judicatura, Sentencia 17001110200020150034301 (1534635), Ago. 30/18.

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