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El demandante adquiere mayor carga probatoria al redactar pretensiones genéricas

Si la demanda incluye pretensiones generales, el demandante tiene la obligación de proporcionar insumos fácticos y probatorios para que el juez resuelva dudas o imprecisiones en el litigio.
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26 de Noviembre de 2019

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Recientemente, la Sección Tercera del Consejo de Estado conoció una acción de reparación directa en la que el accionante solicitó, de manera general, que se condenara a su exempleador a reconocerle todas las indemnizaciones laborales procedentes, sin especificar que pretendía la imposición de la sanción moratoria.

 

Tras estudiar el caso, la Sección determinó que el ad quem no incurrió en yerro alguno al no ordenar el reconocimiento económico aspirado por el accionante, pues la demanda contenía pretensiones abstractas y el demandante no cumplió su obligación de aportar medios de convicción suficientes y encaminados a particularizar lo pretendido.

 

Así, en estos casos, el accionante tiene la obligación de proporcionar pruebas y fundamentos fácticos que guíen al juez a declarar sus aspiraciones y le resuelvan dudas o imprecisiones que se presenten en el curso del proceso, pues de no hacerlo no prosperará el petitum. (Lea: Tres reflexiones sobre las cargas probatorias dinámicas)

 

Supuestos de responsabilidad del Estado por error jurisdiccional

 

Adicionalmente, el Consejo de Estado recordó los presupuestos para que se declare responsable al Estado cuando los jueces incurren en yerro:

 

  1. Error se encuentre materializado en una providencia contraria a la ley

     
  2. Que hayan interpuesto los recursos ordinarios contra la decisión por ser errónea

     
  3. Que la providencia que contiene el yerro quede en firme

 

Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 15001233100020030186101 (47562), Ago. 5/19.

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