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Actualizado hace 23 horas | ISSN: 2805-6396

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Así se actualizan los datos de domicilio en el Registro Nacional de Abogados

19 de Enero de 2017

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Nota:
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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

El Consejo Superior de la Judicatura advirtió que el artículo 28 de la Ley 1123 del 2007 establece que todos los profesionales del Derecho deben tener un domicilio conocido, registrado y actualizado ante la Unidad de Registro Nacional de Abogados (URNA).

 

Así mismo, deben informar de manera inmediata toda variación a las autoridades ante las cuales adelante cualquier gestión profesional. (Lea: Jueza fue destituida e inhabilitada por ordenar libertad de una persona condenada por otro juez)

 

Esto quiere decir que la actualización del domicilio laboral es una información obligatoria que se debe gestionar directamente en el aplicativo que para tal efecto ha dispuesto la URNA.

 

El registro de la información se debe realizar a través de este enlace y según el siguiente procedimiento:

 

1. Seleccione la opción iniciar sesión y después la opción crear sesión.

 

2. Realice el registro solicitado y después elija la opción crear usuario.

 

3. A su correo electrónico le llegará la información con su usuario y contraseña. Active su usuario en el enlace transmitido.

 

4. Escoja la opción de actualización de datos.

 

5. Proceda a registrar uno a uno los datos que se solicitan en el formulario.

 

6. Una vez terminado el proceso de registro debe imprimir el formulario de actualización, firmarlo y cargarlo a la página para finalizar el procedimiento.

 

Es bueno decir que el anterior procedimiento se debe hacer directamente por el usuario, sin que medie solicitud alguna ante la URNA y/o consejos seccionales de la judicatura.

 

Casuística sobre este deber profesional

 

Aterrizando todo lo anterior en un caso concreto, vale la pena recordar que la Sala Disciplinaria confirmó la sanción de dos meses de suspensión del ejercicio de la profesión a un abogado que, culposamente, descuidó el cumplimiento de sus obligaciones profesionales al dejar de asistir en reiteradas oportunidades a la audiencia en la que se impuso sanción a su cliente.

 

El disciplinado sostuvo, a lo largo del proceso, que no podía atribuírsele responsabilidad, puesto que no había recibido la citación de las audiencias. En efecto, demostró que las notificaciones fueron recibidas en un domicilio en donde había dejado de residir profesionalmente desde hacía varios meses

 

No obstante, el alto tribunal rechazó la procedencia de esta excusa, luego de advertir que el abogado debió haber dado cumplimiento a este deber profesional. (Lea: Esta es la sanción disciplinaria a fiscal que no asistió a una audiencia preliminar)

 

De esta manera, la corporación advirtió que era su deber informar de manera inmediata cualquier variación del mismo a las autoridades ante las cuales estuviese adelantando cualquier gestión.

 

Consejo Superior de la Judicatura, Circular PCSJC17-1, Ene. 16/17

 

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