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Abogado fue censurado por omitir proponer la excepción de prescripción de la acción cambiaria

11 de Enero de 2017

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de censura a un abogado que no propuso la excepción de prescripción de la acción cambiaria en la contestación de la demanda que presentó en calidad de curador ad litem, aun cuando resultaba evidente que el título valor originario había dejado de ser exigible por el transcurso del tiempo. (Lea: Esto debe saber un abogado cuando se adelanta en su contra un proceso disciplinario)

 

En efecto, el alto tribunal calificó esta conducta como una falta de lealtad, por desconocer y dejar de implementar el medio de defensa establecido en el numeral 10 del artículo 784 y el artículo 789 del Código de Comercio.

 

A su juicio, el haber privado a su poderdante del más fácil amparo frente a las peticiones de la demanda evidenció que el togado encartado no se encontraba capacitado para desplegar la gestión encomendada.

 

Igualmente, advirtió el desconocimiento de la obligación que impone la utilización de toda la destreza para procurar por todos los medios proteger a quien representa, la cual, según la providencia, incluye como una de las más elementales la proposición de medios exceptivos. (Lea: Sancionan a juez por adoptar decisión irregular con base en proyección del sustanciador de su despacho)

 

Todo lo anterior dio pie para que la Sala reiterara que este tipo de conductas afectan de manera grave a los profesionales del Derecho que escogen como medio de subsistencia el ejercicio de la abogacía de forma independiente, en tanto deben ser individuos de sanas convicciones éticas que entiendan cabalmente cuáles son los fines primordiales de la justicia (M. P. María Lourdes Hernández).

 

Consejo Superior de la Judicatura, Sentencia 11001110200020120052102, Ago. 03/16

 

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