Precisiones recientes sobre la prima técnica en el sector público (11:48 a.m.)
09 de Marzo de 2020
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Nota:
116266
Una providencia reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado aclara que los servidores públicos de niveles distintos al directivo, asesor o ejecutivo o sus equivalentes tienen derecho al reconocimiento de la prima técnica, incluso en vigencia del Decreto 1724 de 1997, siempre que bajo las reglas establecidas por el régimen anterior, esto es, el del Decreto 1384 de 1996, hubieren tenido derecho a la mencionada prestación. Así mismo, la Sala aclaró que para que haya lugar al reconocimiento se deben cumplir los requisitos del cargo. En ese sentido, se tiene que para ocupar una posición en el nivel profesional en el momento de la solicitud de la prima técnica se encontraba vigente la Ley 196 de 1993 (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).
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