Por duda razonable, absuelven a abogado
24 de Noviembre de 2022
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial conoció un recurso de alzada instaurado contra la sentencia mediante la cual se sancionó con suspensión en el ejercicio de la profesión a un abogado, por el término de dos meses.
La investigación surgió a partir de la compulsa de copias de un juzgado administrativo contra el profesional, quien en calidad de apoderado de la parte demandante presentó un memorial que solicitaba suspender el proceso, ya que sobre él pesaba una medida de aseguramiento de detención preventiva de la libertad.
Al respecto, la Sala revocó la sentencia y absolvió al investigado. Esta decisión se dio luego de que del análisis de las pruebas existentes no se comprobaron los hechos objeto de compulsa, pues se evidenciaron contradicciones y dudas que no permitían tener el rigor que se exige al momento de fallar.
Así las cosas, y de conformidad con el principio de in dubio pro disciplinario, ante la duda y falta de certeza de la responsabilidad del investigado se falló a su favor, en armonía con los artículos 84, 85 y 93 de la Ley 1123 del 2007, como quiera que no existen elementos probatorios suficientes que permitan estructurar la comisión de la falta disciplinaria y así poder endilgarle responsabilidad al jurista (M. P. Alfonso Cajiao Cabrera).
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