Por demora del Congreso, ya no habrá eliminación del cobro por reconexión de servicios públicos (2:50 p.m.)
28 de Febrero de 2019
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Nota:
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En el 2015 empezó su recorrido en el Congreso una iniciativa que buscaba modificar la Ley 142 de 1994, para eliminar el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos domiciliarios. Se pretendía que no existiera cobro cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 fuera la mora en el pago de las facturas y el usuario se pusiera a paz y salvo o celebrara un acuerdo de pago con la empresa. El Gobierno Santos, el 22 de diciembre del 2016, presentó un informe de objeciones en contra de la iniciativa, dos de ellas por inconstitucionalidad y dos más por inconveniencia. Así pues, la Sala Plena tenía en sus manos decidir la suerte de la reforma a la Ley 142. Por esa razón, y antes de continuar con su revisión, la devolvió al Congreso para que se subsanaran algunos errores que se habían cometido en su trámite. Vale mencionar que en un auto del pasado 26 de septiembre (Auto 632/18), el alto tribunal les pidió a las mesas directivas del Congreso las gacetas en donde estuvieran las actas de las sesiones plenarias donde se anunció el informe de objeciones gubernamentales y se reflejaran la discusión y votación en plenarias. También solicitó certificación de las mayorías, del cuórum y del número exacto de votos a favor y en contra con que fue aprobado el informe, para verificar si se cumplió con el trámite establecido en la Constitución y la ley. Sin embargo, y según ha trascendido en la Corte, el Congreso no subsanó los errores de trámite ordenados por el alto tribunal constitucional durante el término que fija la Carta Política y, por esta razón, ayer declaró inexequible la propuesta, toda vez que encontró que no se cumplió con lo dispuesto en el artículo 162 constitucional, configurando así un vicio de trámite.
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