Planilla única de viaje ocasional para vehículos de servicio público de transporte terrestre a través del RUNT (9:50 a.m.)
27 de Junio de 2018
Reproducir
Nota:
108307
Las empresas habilitadas para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi, de pasajeros por carretera y mixto, si desean de manera excepcional realizar viajes ocasionales en un radio de acción distinto al autorizado, deberán inscribirse en el registro nacional de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que prestan servicios al sector público del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), para poder diligenciar en línea la planilla única de viaje ocasional. Para la expedición de esta por el sistema RUNT, la empresa de transporte deberá cancelar la $ 9.000 por cada documento solicitado. Las direcciones territoriales y empresas de transporte continuarán haciendo uso de las planillas de los rangos asignados no utilizados, hasta por un plazo máximo de tres meses; posteriormente, su asignación y diligenciamiento se efectuará únicamente a través del sistema. Durante este término deberán ajustar sus procesos internos y de dispositivos, medios de comunicación y firmas digitales que se requieran para la interacción con el registro único.
Opina, Comenta