OPINION: Consejo de Estado y estadísticas sobre su gestión, a punta de papel y lápiz
11 de Mayo de 2021
Lucía Camacho
Abogada investigadora en derechos humanos y tecnologías
@lucamachog
Imaginemos que diseñamos una investigación sobre gestión judicial. Si se trata de un análisis diagnóstico necesitaríamos en algún punto datos cuantitativos sobre el número de acciones que han sido interpuestas ante un juzgado o corte, cuántas han resultado admitidas y rechazadas, cuántas ha recibido según tipo de actores y tipo de tema, y sería muy útil contar con estos datos por año o mes, porque seguramente nos interesa hacer luego comparativos sobre desempeño o litigiosidad en temas concretos.
Por supuesto, esas estadísticas desearíamos tenerlas a la mano, generarlas en un buscador centralizado y no tener que pedirlas a través de la acción de tutela para que el tribunal o corte las produzca y entregue. Eso resultaría agobiante para ambas partes, sin duda.
La expectativa de la información en estos casos no es cosa del otro mundo: el buscador de jurisprudencia de un tribunal o corte que permite consultar sentencias según criterios diversos como el año, accionante/accionado, ponente, tema, entre otros, debería facilitar datos estadísticos sobre esos mismos criterios, pues sin información de este tipo ¿cómo pensar sobre el pasado, presente y futuro de la Rama Judicial en procesos diagnósticos, analíticos y proyectivos para diseñar mejores políticas públicas para la justicia?
Pues bien, el Consejo de Estado tuvo que resolver en noviembre pasado una tutela sobre una petición que requería a esa misma Corporación estadísticas de este tipo. El alto tribunal dejó claro que su buscador no puede generar información cuantitativa y que hacerlo obligaría a que se “disponga personal para analizar los resultados que arrojan los buscadores y disponerla de acuerdo con las necesidades de la peticionaria.”[1]
Un caso que da cuenta al menos de tres situaciones. La primera y más obvia, la existencia de herramientas en nuestras altas cortes que no cuentan con funcionalidades que si bien no son vitales en el acto de administrar justicia lo son en la planificación de ese proceso a nivel institucional y en el diseño y estudio de la política pública de la Rama. (Lea: Consejo de Estado niega tutela a ciudadana que le solicitó análisis jurisprudencial para su tesis)
Las razones por las que un sistema de búsqueda de información no cuente con funcionalidades de este tipo pueden ser de múltiple orden. Vinculadas a los costos, añadir ese requerimiento en el diseño del sistema puede que resulte muy caro. O a la carga de trabajo adicional, pues obligaría a estandarizar el ingreso de la información en hojas de cálculo que distrae de lo importante, administrar justicia, y que obligaría a la conformación de equipos con la capacidad de limpiar esa información, porque no es lo mismo ingresar en la columna de magistrados ponentes a “Jairo Roberto Piza” que a “Jairo R. Piza” o “Piza Rodríguez, J. R.”. Sin datos no es posible generar estadísticas, claro, pero sin datos limpios y organizados la estadística que sea que arroje el sistema es simplemente basura.
La segunda tiene que ver con la existencia de múltiples sistemas de información en la Rama Judicial. Este, claro, no es un descubrimiento ajeno para nadie que interactúe con la justicia a cualquier nivel y requiera información sobre casos concretos.
Así, la Corte Constitucional tiene un buscador y una sección dedicada a generar estadísticas que se asocian a los criterios de búsqueda de la sección de relatoría. Por su parte, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado cuentan cada uno con un buscador propio. Ninguno se parece ni se conecta con el otro -aunque los de Corte Suprema y Consejo de Estado en algo se asemejen-, si bien deben existir razones de peso para que esto sea así, la persona ajena a esas decisiones y procesos debe, como la investigadora del caso, pedir por acción de tutela información que otro tribunal como la Corte Constitucional sí publica en su página web.
Y la última lección, que nuestras Cortes van corriendo y sin tener zapatillas. El Consejo de Estado anunció estar avanzando con pilotos de inteligencia artificial en sus Secciones Primera y Quinta. El fin de ese piloto es cuantificar y estandarizar la información relativa a dichos procesos para automatizar la clasificación de la información. Menuda tarea si los buscadores de jurisprudencia con los que cuenta no pueden generar estadísticas que dependen, entre otros, de funciones de clasificación de texto.
Para cerrar, sin duda alguna la respuesta del Consejo de Estado precisó algo más de autocrítica. Decirle a una investigadora que acceder a su petición era casi como acceder a hacerle la tesis es un despropósito si se considera que otra corte del mismo rango sí las genera y ofrece para toda la ciudadanía.
No se trata de decirle a quienes precisan de datos cuantitativos “saque usted el papel y lápiz y hágale”, se trata de entender que existen ausencias de información que afectan la manera en como comprendemos el funcionamiento de la Rama Judicial.
Es importante llamar la atención a quienes administran la justicia, pues entre las múltiples necesidades de la transformación digital de la Rama está la de saldar una deuda básica pero esencial: la de actualizar -y eventualmente unificar- los sistemas de información pensando en las personas usuarias. Y es preciso hacerlo no solo en términos de accesibilidad e interacción intuitiva con el sistema, sino de completitud de la información que pueda además ser producida y consultada en formatos de datos abiertos.
[1]Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Consejero Ponente Julio Roberto Piza Rodríguez, 19 de noviembre de 2020, acción de tutela rad. 11001-03-15-000-2020-04387-00, pg 11
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