Novedades sobre el certificado de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes virtual
09 de Julio de 2020
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Nota:
116651
Los centros de diagnóstico automotor (CDA) que al 30 de septiembre del 2020 tengan en su inventario certificados de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, conforme al formato dispuesto en la Resolución 5111 del 2011, adicionada por la Resolución 4776 del 2016, deberán reportar a la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte, con el fin de proceder a su destrucción y respectiva anulación en el sistema del registro único nacional de tránsito (RUNT), a partir del 1° de octubre del 2020. Los CDA que a la entrada en vigencia de la nueva norma tengan en su inventario dichos certificados, conforme a las normas arriba mencionadas, podrán seguir utilizándolos únicamente hasta el 30 de septiembre. No obstante lo anterior, y en caso de agotarse el inventario con anterioridad a esa fecha, deberá proceder a emitir los certificados virtuales. De igual forma, el formato uniforme de resultados (FUR) únicamente podrá utilizarse hasta esa misma fecha. Es de señalar que esta norma rige desde el pasado 1º de julio y deroga las resoluciones 5623 del 2006, 5111 del 2011 y 4776 del 2016.
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