Eliminan copia física para la oficina de catastro en trámite de registro ante las ORIP, en cuatro ciudades
12 de Agosto de 2020
Continuando con la apuesta por una mejor interoperabilidad de la información entre entidades, añadiendo eficiencia administrativa y lineamientos de la política cero papeles en la administración pública, la Superintendencia de Notariado y Registro expidió la Resolución 6366, del 5 de agosto del 2020, que beneficia de manera directa al ciudadano, quien no tendrá que asumir dentro sus transacciones inmobiliarias el costo de la copia física que era destinada a la oficina de catastro.
La @Supernotariado eliminó la copia física para la oficina de catastro. Esta medida beneficiará el 34,45% de los trámites relacionados con el movimiento inmobiliario en el país, que tienen ocurrencia en Bogotá, Cali, Barranquilla y Medellín Más información https://t.co/leXAEPKlRZ pic.twitter.com/Q6FA54TScq
— Supernotariado (@Supernotariado) August 10, 2020
Lo anterior considerando que, aproximadamente, el 34,45 % del movimiento inmobiliario en el país tiene ocurrencia en las ciudades de Bogotá, Cali, Barranquilla y Medellín.
Esta nueva resolución permitirá, tal y como lo establece la Directiva Presidencial 07, la racionalización y simplificación de los trámites ante las entidades gubernamentales, dentro de los cuales se encuentra la digitalización y automatización de trámites y servicios.
De esta manera, se avanza en la digitalización y modernización de los trámites dentro de la entidad, pues la SNR entregará a los catastros de las mencionadas ciudades las imágenes digitalizadas de los actos que reflejan las mutaciones de segundo nivel sobre los predios, logrando así un avance en la coordinación y eficiencia entre los sistemas de información de registro y catastro.
Finalmente, esta disposición va en armonía con las directrices adoptadas por el Gobierno Nacional frente a la contingencia relacionada con el covid-19, al adoptar las acciones necesarias para que los trámites que realicen los ciudadanos se adelanten a través de medios digitales.
Supernotariado, Resolución 06266, Ago. 05/20.
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