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Niegan tutela que buscaba que el CNE otorgara personería al partido Colombia Humana (10:04 a.m.)

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20 de Marzo de 2019

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El Consejo de Estado negó la tutela por medio de la cual el senador Gustavo Petro pretendía que el Consejo Nacional Electoral otorgara personería jurídica al grupo significativo de ciudadanos Colombia Humana, en coalición con el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS). La Sección Tercera sostuvo que la participación de este grupo en Cámara o Senado no es asimilable a la votación por ellos alcanzada en el debate electoral adelantado en procura de la Presidencia de la República. Lo anterior dado que la Constitución exige que para mantener la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos se acredite la obtención de un número mínimo de votos válidos no inferior al 3 % en las elecciones legislativas y no en las presidenciales, como lo pretendía la parte accionante. “Tal exigencia se encuentra en armonía con la necesidad de garantizar una mínima significación para la expresión de las diferentes fuerzas que se diputan un espacio en el Legislativo y contrarresta los efectos disfuncionales de un régimen presidencial dentro del contexto de una cultura caudillista en la que por momentos prevalece el culto a la personalidad sobre una concepción institucionalizada del poder y del sistema democrático”, finaliza el fallo (C. P. Jaime Enrique Rodríguez).

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