13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Municipios sí pueden prohibir la actividad minera en sus territorios: Sección Cuarta (10:44 a.m.)

17 de Octubre de 2018

Reproducir
Nota:
109144
En reciente sentencia de tutela, la Sección Cuarta del Consejo de Estado reafirmó la competencia de los entes territoriales para prohibir la minería en sus territorios y la validez de las consultas populares como mecanismo de participación ciudadana. Con fundamento en el precedente constitucional, la Sección indicó, entre otros aspectos, que (i) las autoridades locales y nacionales tienen competencias concurrentes en los asuntos mineros, ambientales y energéticos, motivo por el cual deben coordinar el ejercicio de sus funciones; (ii) si no se logra una concertación entre los distintos niveles decisorios prima la competencia de las autoridades municipales porque, en virtud del principio de subsidiariedad, son la autoridad más cercana a los ciudadanos; (iii) las consultas populares realizadas en materia minero-energética a nivel municipal son posibles en ejercicio del derecho de participación ciudadana y (iv) los municipios pueden prohibir la actividad minero-energética en sus territorios en ejercicio de sus competencias de protección del medio ambiente y reglamentación del uso del suelo. Consulte la decisión completa en el documento adjunto (C. P. Jorge Octavio Ramírez).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)