11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Municipios deben garantizar suministro de agua potable: Corte Constitucional (8:53 a.m.)

04 de Julio de 2018

Reproducir
Nota:
108217
La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional resolvió una tutela presentada por un residente del municipio de Tena, Cundinamarca, a quien le suspendieron el servicio de agua ya que su vivienda, ubicada en una vereda, estaba conectada de manera irregular a un tubo de la empresa de acueducto de otro municipio. Sin embargo, la empresa argumentó que no prestaba el servicio a ese municipio sino a otros dos aledaños, por lo que decidió privar del derecho a acceder al agua potable al accionante. En ese sentido, la alta corporación estimó que la acción de tutela procede como mecanismo definitivo cuando se busca la protección del derecho fundamental al agua potable, producto de la suspensión del servicio de acueducto, la cual pone en riesgo el mínimo de condiciones de vida digna de los sujetos de especial protección constitucional. Lo anterior, por cuanto resulta desproporcionada la exigencia de acudir a la vía contencioso administrativa o a otras vías judiciales, como la acción popular, para procurar la protección urgente de los derechos fundamentales. Así mismo, enfatizó que los municipios deben garantizar este servicio público, bien sea a través de empresas convencionales o acueductos comunitarios (M. P. Gloria Stella Ortiz)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)