Municipios deben evitar promover directa o indirectamente la religión católica en procesiones de Semana Santa (4:01 p.m.)
12 de Febrero de 2019
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Nota:
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La Corte Constitucional declaró exequible que se exaltara a la Arquidiócesis de Pamplona como creadora, gestora y promotora de las procesiones de la Semana Santa en dicha ciudad. Sin embargo, en lo relativo a la función atribuida al municipio en la creación, gestión y promoción de dichas procesiones se condicionó el artículo 5° de la Ley 1645 del 2013, para garantizar el principio constitucional de laicidad. Esto quiere decir que, de ahora en adelante, la administración municipal debe preservar la neutralidad del Estado en materia religiosa y, por lo tanto, debe evitar promover directa o indirectamente la religión católica, afectar la igualdad entre las distintas confesiones religiosas o realizar actos de adhesión a dicha religión. Los magistrados Carlos Bernal Pulido y Alberto Rojas Ríos estuvieron en contra de la decisión, pues, según su concepto, las normas debieron ser declaradas inexequibles (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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