11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Multan a comercializadora de vapeadores por no brindar información clara a los consumidores jóvenes

19 de Diciembre de 2023

Reproducir
Nota:
169580
Imagen
SIC sancionó a tres comercializadores de vapeadores por no informar sobre las nocividades de sus productos (Freepik)

Por primera vez, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) incluyó en una resolución sancionatoria un capítulo dirigido para la población joven, en donde les explica las razones que la llevaron a multar con más de $ 1.000 millones a una comercializadora de vapeadores.  

La empresa fue sancionada por no informar en sus empaques, envases y publicidad sobre el contenido de productos nocivos para la salud y la necesidad de consultar las condiciones y contraindicaciones antes de su uso.   

Para la SIC, la población joven, en su calidad de consumidora, tiene derecho a productos seguros y de calidad, así como a recibir información clara y veraz y a estar protegida contra la publicidad engañosa. (Lea: Gobierno reglamenta venta, uso y manipulación de la pólvora). 

En este sentido, el órgano de control, para evitar que los derechos de esta población de consumidores sean violados, dio alcance a la protección especial prevista en el Estatuto del Consumidor. Además, con un lenguaje claro y sencillo introdujo en la resolución sancionatoria, 75799 del 2023, la explicación sobre la importancia de que no sea omitida información que resultaría vital para el potencial comprador de vapeadores, que en su mayoría son jóvenes.  

Así, pues, la SIC, al darse cuenta que una empresa que comercializaba vapeadores estaba vulnerando varias de las reglas que existen para proteger a los consumidores jóvenes, decidió sancionarla con base en las siguientes razones: 

i) La empresa no proporcionaba información clara y completa en sus empaquetados, sitio web y anuncios publicitarios. 

ii) La empresa no explicaba de manera clara los riesgos para la salud asociados con la nicotina en sus productos. 

iii) La empresa realizaba promociones sin explicar claramente los términos y condiciones en sus anuncios. 

iv)  La página web de la empresa incluía cláusulas que limitaban su responsabilidad de formas que la ley no permite.

La comercializadora de vapeadores deberá pagar una multa de $1.002.240.000, de acuerdo con el artículo 61 del Estatuto del Consumidor.  

Finalmente, la normativa establece que los consumidores jóvenes tienen el derecho y la responsabilidad de ser informados y tomar decisiones conscientes, especialmente cuando se trata de productos como los vapeadores, que generan un impacto directo en la salud. 

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites. www.ambitojuridico.com/suscribete. 

Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)