Modifican plazos para reportar información que conforma el Sistema nacional de información de carreteras (4:17 p.m.)
27 de Abril de 2015
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Nota:
100902
El Ministerio de Transporte modificó los plazos de entrega de la información del Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras (Sinc), con el fin de permitir que los proveedores de datos (entidades, municipios, departamentos y distritos) puedan obtener los recursos humanos y técnicos para el levantamiento de información, reporte y adecuado procesamiento de la misma. Entonces, modificó los numerales 5º y 6º en los subnumerales 6.3.3 y 6.6.1 del anexo de la Resolución 1860 del 2013, denominado metodología general para reportar la información que conforma el sistema. Igualmente, agregó que el sistema entrará en operación una vez se cuente con el 100 % de los datos que estructuran la “capa 01_Tramovia”, respecto a la información reportada por los proveedores de datos del Sinc, momento en el cual será de obligatoria consulta para los curadores urbanos, autoridades urbanísticas y de planeación y para las empresas prestadoras de servicios públicos, como requisitos previos a la concesión de permisos de construcción, reformas y mejoras o de dotación de servicios públicos domiciliarios.
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