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Modifican el decreto único del Sistema General de Regalías

Se establecen los requisitos y condiciones para financiar proyectos de inversión fase II y fase III.
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21 de Junio de 2023

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El objetivo de los cambios hechos por el Decreto 975 es establecer los requisitos y la condiciones para la aprobación de proyectos de inversión que en fase II y III hayan sido declarados de importancia estratégica por las entidades territoriales y por el Gobierno antes del 31 de diciembre del 2022.  

 

Esto con el fin de que puedan contratar operaciones de crédito público para su financiación, con cargo a los recursos de la asignación para la inversión regional del Sistema General de Regalías, bajo las siguientes condiciones: 

 

i) Que la disponibilidad presupuestal de la asignación para la inversión regional del bienio no sea suficiente para la financiación total del proyecto de inversión en fase II y III.

 

ii) La financiación del proyecto de inversión en su totalidad no pueda ser diferida mediante la figura de vigencias futuras de que tratan los artículos 157 y 158 de la Ley 2056 del 2020.

 

iii) Que incluya la estimación de los costos necesarios para ejecutar el proyecto de inversión, los costos asociados al patrimonio autónomo y los costos financieros, que en ningún caso superen cuatro periodos para su ejecución.  

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