Minsalud modifica condiciones financieras para el funcionamiento de EPS (8:48 a.m.)
09 de Septiembre de 2013
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Nota:
91192
El Gobierno acaba de modificar el Decreto 574 del 2007, que estableció los requisitos financieros mínimos que deben acreditar y mantener las entidades promotoras de salud (EPS) del régimen contributivo y las entidades adaptadas para obtener la habilitación financiera que les permite operar en el sistema de salud. Uno de los cambios señala que los ingresos operacionales anualizados de cada régimen se multiplicarán por un factor de riesgo del 10 %, para las entidades que no se acogieron o no cumplieron con el sistema de administración de riesgos, y del 8 %, para las entidades que dieron cumplimiento al artículo 3° del Decreto 4789 del 2009 o la norma que lo modifique. También señala que en el evento que el monto del margen de solvencia sea inferior al que debieron acreditar a marzo del 2013, las entidades deberán mantener, como mínimo, el patrimonio técnico que garantice el cumplimiento de dicho margen; en caso contrario, deberán acreditar en el patrimonio el margen de solvencia correspondiente.
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