Minsalud define directrices para entidades vacunadoras
15 de Septiembre de 2023
El Ministerio de Salud recordó los trámites requeridos para la solicitud del documento que certifica la vacunación, ya sea digital o físico.
i) La institución encargada de aplicar la vacuna es la responsable de entregar gratuitamente el carné o copia a las personas vacunadas, previa validación de la información de las dosis aplicadas.
ii) En caso de cierre de la entidad de salud que realizó el proceso, los padres o el cuidador deben dirigirse a una de las sedes de vacunación de dicha entidad para la validación y expedición del respectivo carné en físico o a través del aplicativo Programa ampliado de vacunación (Paiweb).
iii) Cuando se trate de niñas y niños sin información del esquema de vacunación, la entidad vacunadora deberá realizar una búsqueda exhaustiva en las diferentes fuentes de información: carnés anteriores, puntos de vacunación, carpetas de los jardines u hogares infantiles, registros diarios, sistemas de información, historia clínica, entre otros.
iv) La entidad vacunadora tiene la responsabilidad de indagar a los padres o cuidadores sobre los antecedentes de los menores sin información del esquema de vacunación, a fin de continuar el proceso y evitar al máximo la revacunación. (Lea: Obligación de acreditar la vacunación contra covid-19 en prueba de concurso de méritos resulta inconstitucional).
Reitera el ministerio que si las indagaciones realizadas por la institución que aplicó la vacuna no arrojan resultados, es decir que no existan pruebas documentadas de la administración del biológico, la persona debe ser considerada como susceptible y deberá aplicar de nuevo todas las dosis, de acuerdo con su edad y su esquema de vacunación vigente.
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites. www.ambitojuridico.com/suscribete.
Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.
Opina, Comenta