Mineducación organiza actores y trámites en el Sistema Nacional de Acreditación
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16 de Junio de 2020
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El Sistema Nacional de Acreditación, creado por el artículo 53 de la Ley 30 de 1992, está conformado por los siguientes actores: (i) Ministerio de Educación Nacional; (ii) Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación; (iii) Consejo Nacional de Educación Superior (Cesu); (iii) Consejo Nacional de Acreditación (CNA); (iv) las instituciones que optan por la acreditación; (v) las comunidades académicas y científicas y (vi) los pares académicos. El trámite para la acreditación, tanto de programas académicos como de instituciones se desarrollará a través de las siguientes etapas: (i) la apreciación de condiciones iniciales; (ii) la autoevaluación; (iii) la evaluación externa por pares académicos; (iv) la evaluación integral y (v) la expedición del acto administrativo que concede la acreditación o formula recomendaciones a la institución. El Cesu, previa recomendación del CNA, definirá el modelo de acreditación, el cual integra, entre otros aspectos, principios, objetivos, fundamentos teóricos y conceptuales, criterios de calidad, temporalidades de la acreditación, trámite para la acreditación, lineamientos y guías.
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