Mineducación hace precisiones sobre los procesos de formación para adultos
16 de Junio de 2020
Conforme al marco normativo vigente y en atención a que existen diferentes fuentes de financiación para la prestación del servicio de educación para adultos, con el fin de dar claridad en relación con los procesos de formación para esta población en el marco de la emergencia sanitaria por el covid-19, el Gobierno modificó el numeral 4 de la Directiva 05, del 25 de marzo del 2020, en lo relacionado con la prioridad en la prestación del servicio, entendiendo que la prestación requiere de la mejor organización durante la pandemia. Por ejemplo, agregó que los procesos de formación para adultos que son atendidos con horas extras de docentes de la planta oficial que ya iniciaron su proceso de formación y cuyas personas están debidamente matriculadas deben ser garantizados hasta la culminación del ciclo en curso. Las nuevas contrataciones para adelantar los siguientes ciclos de educación de adultos se realizarán cumpliendo las condiciones legales definidas por la normativa que rige la materia, así como por las orientaciones que para tal fin ha expedido el Ministerio de Educación.
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