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Aumentan los subsidios de gas natural para estratos 1 y 2, durante emergencia sanitaria

18 de Agosto de 2020

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El Ministerio de Minas y Energía autorizó un incremento de 10 puntos porcentuales a los subsidios de gas natural que reciben los usuarios de estratos 1 y 2 sobre el consumo de subsistencia, en el marco de la emergencia por el covid-19. 

 

Más de 2,3 millones de usuarios residenciales de estrato 1 venían recibiendo un subsidio del 60 %, mientras que 3,6 millones de usuarios de estrato 2 recibían un beneficio de hasta el 50 %. Con este nuevo alivio, los subsidios aumentarán a 70 % y 60 %, respectivamente. (Lea: En principio, instalación y mantenimiento de gasodomésticos no están exceptuados del aislamiento)

 

Esta medida aplicará para el actual periodo de facturación, y en caso de que se extienda la emergencia sanitaria, declarada por la pandemia del Coronavirus, el Minenergía tendrá la facultad de extenderla en caso que haya recursos disponibles.

 

“Seguimos trabajado intensamente para ofrecer alivios a las familias colombianas y asegurar la continuidad de los servicios de energía y gas, lo cual ha sido nuestra prioridad desde el inicio de la emergencia. Este nuevo beneficio se suma a otras medidas como la opción de pago diferido de las facturas de estos dos servicios, esenciales en nuestra vida diaria”, aseguró el ministro de Minas, Diego Mesa.

 

Esta decisión se suma al paquete de medidas que han emitido el ministerio y la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) para apoyar a los hogares más vulnerables durante la pandemia.

 

Entre ellas la que establece que durante los meses que restan del 2020 no podrá aumentar el costo del kilovatio hora en los recibos de energía eléctrica. Sin embargo, esto no significa que no se puedan presentar aumentos en las facturas asociados a un mayor consumo o a otros cobros no relacionados con este servicio.

 

También se otorgaron cuatro meses de gracia para que los usuarios residenciales de los estratos 1 al 4 que hayan decidido diferir el valor de sus facturas de energía eléctrica y gas combustible por redes comiencen a realizar el pago correspondiente.

 

Los usuarios de estratos 1 y 2 podían diferir, sin recargo adicional, hasta por un plazo de 36 meses, el costo del consumo básico o de subsistencia no subsidiado correspondiente a los meses de abril, mayo, junio y julio. Mientras que los de estrato 3 y 4 tenían la opción de hacer este diferimiento a 24 meses, con una tasa preferencial.

 

Minminas, Resolución 40236, Ago. 14/20.

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