31 de Octubre de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Minagricultura reglamenta el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural

01 de Septiembre de 2023

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Nota:
166247

Mediante el Decreto 1406, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentó la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural (SINRADR). Esto con la finalidad de que efectivamente sea un mecanismo obligatorio de planeación, coordinación, ejecución, evaluación y seguimiento de las actividades dirigidas a la materialización de la reforma agraria y la reforma rural integral. 

 El ­SINRADR es el conjunto de entidades y organismos públicos que desarrollan actividades cuya misionalidad está relacionada con la reforma agraria, el desarrollo rural y la reforma rural integral. Estas se orientan a mejorar la calidad de vida, garantizar los derechos territoriales y los planes de vida de los trabajadores agrarios, las comunidades campesinas, pescadoras, ribereñas y anfibias, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y pueblo rom. (Lea: Para avanzar en la reforma agraria, Minagricultura pide duplicar su presupuesto

En este contexto, la presente ley plantea ochos subsistemas que harán parte del SINRADR, los cuales serán liderados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con el apoyo de una entidad coordinadora. Entre otros,  tendrán las siguientes funciones:

i) Adquisición, adjudicación de tierras y de procesos agrarios para la reforma agraria y garantía de derechos territoriales de los campesinos, pueblos indígenas y de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y pueblo rom, coordinado por la Agencia Nacional de Tierras. 

ii) Delimitación, constitución y consolidación de zonas de reserva campesina, delimitación, uso y manejo de playones y sabanas comunales y de organización y capacitación campesina coordinado por el Minagricultura. 

iii) Ordenamiento territorial y solución de conflictos socioambientales para la reforma agraria, respetando el derecho a la objeción cultural de los pueblos indígenas y de las comunidades colectivas coordinado por Minagricultura y la Agencia de Renovación del Territorio, Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca. 

iv) Acceso a derechos y servicios sociales básicos, infraestructura física y adecuación de tierras será coordinado por la entidad que la Presidencia de la República designe. 

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