Lo que dijo la Corte sobre el proyecto que pretende remuneración para miembros de las JAL (11:45 a.m.)
21 de Agosto de 2018
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Nota:
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La imposición a ciertos municipios con población superior a 100 mil habitantes de algunas medidas para garantizar los honorarios de los miembros de las juntas administradoras locales (JAL) desconoce el principio de autonomía de las entidades territoriales. Así lo concluyó recientemente la Corte Constitucional luego de declarar parcialmente fundada la objeción por inconstitucionalidad formulada por el Gobierno Nacional contra el inciso tercero del artículo 2º del proyecto de ley 054/15S-267/16C, que autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las JAL del país. Así las cosas, la Sala ordenó la remisión del expediente legislativo y copia de la sentencia al Congreso para que, oído el Ministro del Trabajo, se rehaga e integre la disposición afectada. Una vez cumplido este trámite, la iniciativa deberá ser devuelta a la Corte para efectos de que esta se pronuncie en forma definitiva (M. P. Alberto Rojas).
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