Listos protocolos para servicios prestados en áreas y atractivos turísticos
27 de Agosto de 2020
Con la Resolución 1443 del 2020, fueron adoptadas medidas generales de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus covid-19 en las actividades de los operadores turísticos y en los servicios turísticos prestados en las áreas y atractivos turísticos. Este protocolo es complementario al definido en la Resolución 666, del 24 de abril del 2020, y a las demás medidas que los responsables de cada una de las actividades previstas crean necesarias. Por ejemplo, se ordena adecuar en áreas de recepción o de atención al cliente espacios de limpieza y desinfección para manos y calzado, que deberá disponer como mínimo de alcohol glicerinado al 60 %, tollas desechables y tapabocas. También les pide disponer de un sistema de pago sin contacto mano a mano, utilizando una superficie intermedia y limpia para entregar y recibir. Los medios de pago electrónicos como tarjetas de crédito y datáfonos se deberán limpiar con un paño humedecido con solución desinfectante en cada operación.
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