Listo fallo que difirió inexequibilidad de la jurisdicción asignada a Cormacarena (10:13 a.m.)
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10 de Julio de 2018
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"La Corte Constitucional publicó el texto completo de la sentencia a través de la cual declaró inexequible, con efectos diferidos hasta el 31 de diciembre del 2018, los artículos 85 de la Ley 1485 del 2011, 87 y 95 de la Ley 1593 del 2012, 85 de la Ley 1687 del 2013 y 103 de la Ley 1737 del 2014 (leyes anuales del presupuesto nacional), en las que se amplió la jurisdicción asignada a la Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Macarena (Cormacarena) a todo el territorio del departamento del Meta. Según el alto tribunal, al Congreso le está vedado, en las leyes anuales de presupuesto y, con mayor énfasis, en las disposiciones generales de estas, incorporar o modificar normas de contenido sustantivo o con vocación de permanencia. Por esta razón, recordó que cuando el legislador requiera adicionar, modificar o derogar una disposición permanente o de carácter sustantivo u orgánico debe expedir una norma con el correspondiente debate legislativo, respetuoso de la voluntad democrática, para no incurrir en los denominados y dañinos “micos jurídicos"" (M. P. Antonio José Lizarazo). "
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