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Minsalud adoptó procedimiento para determinar exclusiones de tecnologías en salud

21 de Febrero de 2017

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El Ministerio de Salud adoptó un procedimiento técnico - científico de carácter público, colectivo y transparente que permitirá la aplicación de los criterios de exclusión contemplados en la Ley 1751 del 2015, con el objetivo de actualizar la lista de tecnologías que no serán financiadas con recursos públicos asignados a la salud.

 

El procedimiento aplicará a todos los actores del sistema de salud, como las entidades promotoras de salud (EPS), las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), entidades territoriales, el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS), los profesionales y trabajadores de la salud, los usuarios y pacientes.

 

Procedimiento técnico-científico y participativo para la definición de exclusiones

 

El Ministerio de Salud será el encargado de coordinar el procedimiento técnico-científico y participativo para la determinación de exclusiones. Las actuaciones del procedimiento se publicarán en la página web de la cartera para garantizar su carácter público.

 

Para el reporte de información, se estableció que las IPS y EPS deberán realizar un reporte de información al ministerio, en un término de 15 días hábiles, donde se especifiquen las bases de datos de sus asociaciones de usuarios o pacientes y en las cuales se identifique el nombre de la asociación; el presidente, director o representante legal; los números de contacto; el número de asociados; los correos electrónicos; la dirección de correspondencia y el municipio y departamento.

 

Minsalud también estableció las cuatro fases del procedimiento, estas son:

 

Fase de nominación y priorización

 

Esta servirá para identificar las tecnologías que se someterán al procedimiento técnico - científico y participativo. En esta fase participan el ministerio y los demás actores del sistema en forma directa o representativa. (Lea: En estos casos debe garantizarse el suministro de pañales, así no se cuente con orden médica)

 

Fase de análisis técnico-científico

 

En esta se emitirá concepto y recomendación sobre la conveniencia o pertinencia de declarar una o un conjunto comparable de tecnologías en salud como exclusión o exclusiones. En esta fase participarán el IETS y expertos independientes de alto nivel delegados por parte de las asociaciones de profesionales de la salud de la especialidad correspondiente.

 

Fase de consulta a pacientes potencialmente afectados

 

En esta fase se les preguntará a los pacientes potencialmente afectados la conveniencia de declarar la tecnología nominada como una exclusión. Estos participarán en forma directa o representativa a través de las diferentes asociaciones que los agremian o representan que se encuentren debidamente registradas, según lo establecido en la Circular 060 del 2015. (Lea: Tutela no es el procedimiento específico para obtener autorización judicial de esterilización definitiva)

 

Fase de adopción y publicación de las decisiones.

 

En la fase de adopción y publicación de las decisiones, el ministerio anunciará la decisión frente a la exclusión de tecnologías mediante un acto administrativo.

 

Ministerio de Salud, Resolución 0330, Feb. 14/17

 

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