General
Corte reitera que EPS deben ofrecer tratamientos de rehabilitación de drogadicción y alcoholismo
12 de Febrero de 2013
La Corte Constitucional reiteró que las EPS están obligadas a ofrecerles tratamientos de rehabilitación a las personas adictas a las drogas psicoactivas y al alcohol.
De esta manera, el alto tribunal ordenó autorizarle y cubrirle dichos procedimientos a un ciudadano que padece de afecciones mentales derivadas del consumo de estas sustancias.
La corporación recordó que la Ley 1566 del 2012 reconoció el consumo, el abuso y la adicción a estas sustancias como un asunto de salud pública que involucra el bienestar de la familia, la comunidad y los individuos.
Además, dicha norma dispuso que toda persona cuya salud mental esté afectada por la adicción a sustancias psicoactivas, lícitas o ilícitas, tiene derecho a ser atendida en forma integral por las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud y las instituciones públicas o privadas especializadas en el tratamiento de dichos trastornos.
En ese sentido, ordenó que la Comisión de Regulación en Salud incluya servicios que “permitan la plena rehabilitación psicosocial y recuperación de la salud”, en los planes de beneficios.
(Corte Constitucional, Sentencia T-796, oct. 11/12, M. P. María Victoria Calle)
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