La revisión de los requisitos para ingresar a los programas del ICBF le compete a esa entidad y no al Ministerio de la Protección Social (10:34 a.m.)
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06 de Enero de 2011
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El límite de edad establecido para ingresar al programa de hogares sustitutos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) solo puede ser revisado por esa entidad y no por el Ministerio de la Protección Social, señaló esta cartera en reciente concepto. Explicó que el instituto cuenta con autonomía administrativa y por tanto es competente para examinar los requisitos establecidos para el ingreso en cada uno de sus programas.
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