13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 50 minutes | ISSN: 2805-6396

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Invima actualiza su manual tarifario para el 2024

29 de Enero de 2024

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Nota:
170454

Desde el 1° de enero del presente año, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) actualizó su manual tarifario para el 2024.  Según la entidad, se hicieron varios cambios:

i) La entidad estableció sus tarifas en la unidad de valor básico (UVB) para la vigencia 2024.

ii) Para las solicitudes del registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas en el territorio nacional, bajo el marco normativo establecido en el Decreto 1366 del 2020 y la Ley 2069 del 2020, se realizará únicamente bajo el código tarifario 90085.

iii) Las autorizaciones de publicidad para medicamentos, productos fitoterapéuticos y homeopáticos no requerirán revisión previa y serán objeto únicamente de revisión posterior; por lo tanto, bajo el código tarifario 4004-1 no se recibirán más solicitudes para los productos antes mencionados. (Lea: Conozca las tarifas del registro mercantil para el 2024).

iv) Se crea el código tarifario 4018-3 para la visita de certificación o ampliación de la capacidad de producción a establecimientos de productos cosméticos y se unifican los códigos 4009 y 4034, quedando únicamente el código de tarifa 4009 para la visita de certificación, renovación o ampliación de las buenas prácticas de manufactura (BPM). (Lea: Modifican manual de funciones y competencias laborales del Invima).

Así mismo, para la autorización de exportación de productos terminados de alimentos, bebidas alcohólicas, medicamentos, fitoterapéuticos, suplementos, homeopáticos y cosméticos obtenidos a partir de derivados de cannabis, en el marco de los decretos 811 del 2021, 539 del 2022 y la Resolución 227 del 2022, los interesados pueden realizar la solicitud pagando el valor de la tarifa código 4003.

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