Infracción a normas disciplinarias no es causal de pérdida de investidura (12:56 p.m.)
Openx [71](300x120)
109159
16 de Octubre de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Sección Primera del Consejo de Estado recordó que la Constitución no consideró la infracción a las normas disciplinarias como causal que diera lugar a la pérdida de investidura. Con ese argumento, explicó que cuando un ordenador del gasto, como en el caso de los presidentes de los concejos municipales, omite cumplir la obligación consistente en pagar los aportes al sistema de seguridad social de un empleado de la corporación, dentro de los tiempos previstos en la ley, genera como consecuencia de dicha conducta la obligación de pagar un interés moratorio y, adicional a ello, se configura una causal de mala conducta, sin que ello configure la causal de pérdida de investidura (C. P. Hernando Sánchez).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!