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Inexequibles sanciones relacionadas con distribución de combustibles (8:28 a.m.)

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14 de Marzo de 2018

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La Sala Plena de la  Corte constitucional declaró la inexequibilidad de los artículos 25 y 26 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, que establecían sanciones en la distribución de combustibles y multas en el sector de hidrocarburos, por desconocimiento del principio de unidad de materia (artículo 158 de la Constitución Política de 1991). En atención de ello, el alto tribunal decidió diferir los efectos de la inexequibilidad de la decisión, para que en el término de un año se elabore por parte del legislador ordinario, si es su voluntad y con las garantías de los principios democráticos de la debida transparencia y deliberación, la regulación de la renovación de las sanciones y multas que regulen la prestación de este servicio público de distribución de combustibles líquidos y biocombustibles a través de una ley especializada (M. P. José Fernando Reyes).

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