Independientemente de la situación que se presente entre cliente-abogado, siempre se tendrá que informar sobre la gestión
07 de Febrero de 2023
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico, que censuró a una abogada tras hallarla responsable de vulnerar el deber de informar con veracidad a su cliente la evolución del asunto encomendado en la modalidad dolosa, por cuanto la actuación de la abogada fue consciente y voluntaria.
La alta corte encontró que la abogada no informó a su cliente el motivo por el cual el juzgado de conocimiento había inadmitido la demanda que le encomendó, y advirtió que independientemente de la situación que se presente entre cliente-abogado, siempre se tendrá la obligación de informar, pues es el togado quien tiene el conocimiento jurídico para ilustrar a su poderdante, que en este caso se trasluce a explicar los motivos por los cuales inadmitían la demanda y, a su vez, informar la manera en la que podía redireccionar el asunto. (M.P: Juan Carlos Granados Becerra).
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